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Edad de los jueces

Señor director:


El pleno de la Convención Constitucional rechazó el artículo que señalaba, entre otras condiciones, el cese de los jueces por "alcanzar los setenta años de edad". Esperemos que, al regresar el texto a la comisión de Sistema de Justicia, los convencionales no insistan en esta condición que solo incita y legitima una mirada edadista presente en la sociedad. El principal marco rector de nuestra convivencia debe ser el ejemplo que permita que las personas mayores no sean discriminadas por su edad. Esperamos que nuestros representantes en la Convención así lo entiendan y enmienden este articulado.


Eduardo Toro Nahmías

Director Ejecutivo Fundación Conecta Mayor UC


Ximena Abogabir Scott

Vicepresidenta Travesía 100

Miembros de la Secretaría Ejecutiva de Voces Mayores

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